El Camagüey: legislación y constitucionalidad

Foto: Archivo OHCC
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La casa de la Yaya y la historia

Entre los días 11 y 12 de octubre de 1895, el 2 de julio de 1896, del 1ro al 7 de septiembre de ese año, y el 9 de noviembre de 1896, en sus terrenos que rodeaban la casa de paredes de tablas se alojó el mayor general Máximo Gómez Báez.

Era una finca perteneciente al barrio rural de Sibanicú, ubicada dentro de los límites del antiguo hato pecuario de ese mismo nombre, surgido en el siglo XVII. Al mambisado le era fácil llegar a ella. A los españoles les costaba identificarla por caminos extraviados entre el monte y en “territorio libre” defendido por colaboradores y patriotas armados.

Se trataba de la casa perteneciente al insurrecto Juan Ronquillo Victoria, y que usó Ramiro Ronquillo Fonseca para dar cobija a la estructura civil de la revolución o Prefectura mambisa del distrito este de Puerto Príncipe.[1]

La Yaya y la constitucionalidad

En esa apartada finca fue rubricada la cuarta y última de las constituciones mambisas del período bélico, el 29 de octubre de 1897. Bajo la cubierta de madera de la techumbre se dieron cita, el 2 de septiembre -en cumplimiento de la Ley Electoral- los representantes designados, aunque en número incompleto, dilataron el proceso formal constituyente hasta el 19 de dicho mes, para integrar la Asamblea Constituyente, que por fin el día 10 de octubre quedó totalmente estructurada.

El 30 de octubre prestaron juramento los electos. La presencia de Gómez fue de capital importancia para hacer valer la dirección militar de la guerra y sujetar el liberalismo del Consejo de Gobierno, con atribuciones excedidas y en contradicción permanente con la dirección militar para limitar su poder. Todavía no había cesado la guerra contra España.

Domingo Méndez Capote y Carlos Manuel de Céspedes confeccionaron el proyecto. Los reunidos saludaron con aplausos al electo Presidente de la República en Armas, el mayor general Bartolomé Masó Márquez.

Otro de los éxitos fue el reconocimiento por vez primera de que la República de Cuba comprendía el territorio ocupado por la Isla de Cuba e islas y cayos adyacentes. La Mayor de las Antillas quedaba integrada por los territorios (no provincias) de Cuba: Holguín, Camagüey, Las Villas, La Habana-Matanzas y Pinar del Río.

En tanto la mejor regulación de los derechos individuales y políticos fue celebrada con beneplácito por los deliberantes. El planteo De los deberes públicos.[2]

Como fórmula distinta a la de Jimaguayú, el Consejo de Gobierno lo integrarían el presidente y el vicepresidente, cuatro secretarios de Estado: Guerra, Hacienda, Exterior e Interior, y un secretario, a más de las atribuciones contenidas en el Artículo 22. El órgano podría ratificar el tratado de paz que se concertase con España, proveyendo interinamente al régimen y gobierno de la República hasta tanto se reuniera una asamblea constituyente definitiva.[3]

Fue, sin dudas, un avance respecto a la constituyente de Jimaguayú, de septiembre de 1895. Para remarcar las atribuciones del Presidente de la República, y para dejar dispuesta la redacción de la Ley de Organización Militar y de Ordenanzas, precisando que el mando supremo del Ejército descansaría en el General en Jefe y añadiéndose la figura de Lugarteniente General para su reemplazo en caso de muerte u otra circunstancia.

Para la ciudadanía por naturalización se presumía la demostración de arraigo al país de quienes se habían sumado por voluntad propia a la lucha armada. A lo anterior se sumaría el Deber de defensa. Entre los logros culturales se encontraba la enseñanza libre para todo el territorio de la República.

Indudablemente fueron más aciertos que zigzagueos los contenidos en el texto constitucional de la Yaya, del 29 de octubre de 1897. Todo por la libertad, independencia y soberanía plenas de la Patria; fuente de historia y de legislación constitucional inspiradora de nuestro proceso de luchas emancipadoras, a las cuales las generaciones presentes y futuras de cubanos y cubanas deben mirar para fortalecer las esperanzas en esa patria próspera y libre que aquellos legisladores diseñaron para el bien de todos.

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[1] En el año 1966, la casa de la Yaya fue visitada por el Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz.

[2] Pichardo, Hortensia: Documentos para la historia de Cuba. Tomo I. Editorial de Ciencias Sociales, La Habana, 1971, pp. 500-507.

[3] Villabella Armengol, Carlos Manuel (Compilador): Hitos constitucionales del siglo XIX cubano. Editorial Ácana, Camagüey, 2011, p. 225.

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