La primera Constitución mambisa escrita en el poblado de Guáimaro, es el Cuerpo de leyes de Cuba libre. Normó la vida de los ciudadanos que luchaban en los territorios dominados por ellos e inició una tradición, que se mantuvo durante los 30 años de guerra contra el colonialismo español.
El hito constitucional
El 10 de abril de 1869 se dignifica por su trascendencia en la historia de la Jurisprudencia en Cuba. En medio de la Guerra de los Diez Años, iniciada el 10 de octubre de 1868, líderes de la contienda bélica enarbolaron el pensamiento político del primer Estado independiente, unido y antiesclavista; que nacía. Este día, la Asamblea Nacional de Cuba, compuesta por los mambises (patriotas cubanos) de la República en Armas de Oriente, Camagüey y Las Villas, redactaron y aprobaron la Constitución de Guáimaro; primer estatuto político de la historia republicana en Cuba. Culminó dos días después, con la toma de posesión de los electos.
La Constitución institucionalizó un mecanismo de poder integrado por la Cámara de Representantes y el Presidente, con predominio de la Asamblea. Refrendó una estructura administrativa federal y reconoció la libertad como derecho, condenando la esclavitud que existía en la Isla (Villabella, C. M. 2019). Se desarrolla un parto múltiple, primera República en Armas y Primera Ley de Leyes.
En este breve documento resalta en su Artículo 24: “Todos los ciudadanos de la República son enteramente libres”. Trascendental posicionamiento ante un contexto ecodependiente del imperio español y socialmente excluyente, entre otras discriminaciones.
El Padre de Patria, Carlos Manuel de Céspedes, como Presidente de la República en Armas, y el pensamiento jurídico del joven abogado Ignacio Agramonte y Loynaz junto al de Antonio Zambrana, ambos Secretarios, iniciaron una senda constitucional, mambisa y cubana.
Continuidad
Casi 10 años después, en 1878, luego de los sucesos del Pacto del Zanjón y la Protesta de Baraguá, liderada por Antonio Maceo Grajales, se aprobó la Constitución de Baraguá; documento muy breve, de alto valor simbólico y patriótico, que planteaba continuar la lucha hasta la victoria definitiva.
Este principio de continuidad, libertador e independentista radical, es mantenido en la Constitución de Jimaguayú en 1895, cuando se reinicia la contienda bélica necesaria, organizada por José Martí Pérez. Se especificó: “si en dos años la guerra contra la metrópoli española no estaba ganada, debía convocarse a otra Asamblea Constituyente”.
El 10 de octubre de 1897, en La Yaya, es aprobada una nueva Ley de Leyes, que fundamentó el patrón constituyente cubano, coronado por la unidad de la nación por encima de todo y el gobierno asambleario.
Herencia
El siglo XX inició con la Constitución de 1901, donde se plasma que: “Todos los cubanos son iguales ante la ley. La República no reconoce fueros ni privilegios personales”; redactada y firmada por Generales de la Guerra necesaria. A pesar del apéndice al texto constitucional de la Enmienda Platt, que reafirmó la condición neocolonial del país con la intervención militar norteamericana, constituyó uno de los textos constitucionales más progresista del contexto americano.
Luego, la Constitución de 1940, una de las más avanzadas de su tiempo, fue el fruto de la lucha revolucionaria que le antecedió y resultó trascendente, no solo en el ámbito jurídico, sino también político (Torres-Cuevas, 2016).
Actualidad
Se destaca que, a más de 150 años de promulgada la primera Ley de Leyes en Guáimaro, Cuba, con el reto de reflejar las transformaciones económicas, políticas y sociales ocurridas en los últimos años, sintetiza en el nuevo texto constitucional el modelo sistematizado de independencia y unidad nacional.


